Desde 2008, los usuarios de Internet en Argentina están protegidos por la ley 26.388, que introdujo los delitos informáticos al Código Penal Nacional. No obstante, existen vacíos en la legislación.
El 13 de Noviembre del año 2013, el Congreso de la Nación estableció la ley 26.904 del Código Penal, que en su artículo 131 dice: "Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma".
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